Visados
Corta duración
- Visados de tránsito
- Visados de turismo o negocio
- Los visados para estancias inferiores a 90 días serán, normalmente, visados SCHENGEN, válidos para la entrada en España y en los países firmantes del Acuerdo Schengen
- Este visado permite una estancia máxima de 90 días por semestre y deberá ser solicitado en el Consulado del país que sea el principal destino del viaje o en el que se vaya a permanecer mayor tiempo.
- Los ciudadanos australianos, titulares de pasaportes ordinarios, diplomáticos u oficiales, que deseen permanecer en España por un máximo de 90 días por motivos de turismo o negocios NO NECESITAN VISADO.
- Lista de países cuyos ciudadanos, titulares de pasaportes ordinarios, NO NECESITAN VISADO para estancias en España de un máximo de 90 días por motivos de turismo o negocios.
- Los ciudadanos de aquellos países que no se encuentran en esta lista deberán solicitar un visado para viajar a España.
- Esta Sección Consular puede expedir visados a las personas residentes en su circunscripción
Larga duración
- Visado de estudios
- Visado de trabajo y residencia
- Visado de residencia por otras causas
- Visado de reagrupación familiar